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  • Foto del escritorSebastian Pizarro K.

24.08.2020: Sentencia Corte Suprema - Plazo de Prescripción de Pagarés

Sentencia Corte Suprema, Rol 14739-2020, Primera Sala Civil: Plazo de prescripción de pagarés en caso de haberse acelerado el monto insoluto.


Caso: El plazo de prescripción de un año de un pagaré cuyo crédito fue acelerado por no pago, se contabiliza desde que el acreedor manifiesta su voluntad de cobrar el total insoluto.


Nuestro máximo tribunal estimó, basado en el artículo 98 de la ley 18.092, que el plazo de prescripción de un año, debe contarse desde que se manifiesta su intención de cobrar las cuotas adeudadas y las no devengadas (aceleración), acogiendo la excepción de prescripción contenida en el artículo 464 del Código de Procedimiento Civil por haberse extinguido la acción del ejecutante.


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